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LICENCIA: ENFERMEDAD-ACCIDENTE INCULPABLE

Las enfermedades y accidentes inculpables, son aquellas afecciones en la salud que impiden la prestación de las tareas que tenía el trabajador a su cargo.

NO son cubiertas por ART, pero el trabajador cobra igualmente su salario y asignaciones.

Durante los plazos establecidos el trabajador goza del derecho al cobro de sus salarios, pese a no poder prestar tareas.

Luego de vencido el plazo cuenta con el PERIODO DE GUARDA DE PUESTO, plazo máximo de 1 año. Aquí ya no percibe salario.

Vencidos los plazos y según la condición de salud del trabajador puede:

  • Regresar a sus tareas
  • Ser reubicado en otro puesto
  • Ser indemnizado por imposibilidad de: retomar tareas o de asignación de nuevo puesto, entre otras causales.

📲 Contactanos, estamos para ayudarte a defender tus derechos, de esto se trata el Ser Abogados: Abogar por los derechos de otras personas.

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