Jubilación Anticipada
Nuevo Beneficio para hombres y mujeres con 30 años de aportes
Jubilación Anticipada
Garantiza la cobertura previsional a personas que aportaron toda su vida y que se encontraran desocupadas al 30 de junio de 2021.
En qué consiste la medida
La Jubilación Anticipada consiste en garantizar el 80% del haber jubilatorio que le correspondería percibir a cada titular, hasta que alcance la edad establecida para jubilarse.
Al momento de llegar a la edad requerida, comenzará a percibir el 100% del haber jubilatorio de manera automática.
Requisitos
- Tener hasta 5 años menos de la edad requerida para jubilarse.
- Hombres: entre 60 y 64 años
- Mujeres: entre 55 y 59 años
- 30 años de aportes registrados
- Encontrarse desocupada/o al 30 de junio de 2021
SUPER IMPORTANTE
Por cobrar esta jubilación anticipada, NO SE PODRA:
- Volver a trabajar en relación de dependencia
- o por cuenta propia (monotributista – autónomo )
- tampoco se podrá percibir ningún tipo de plan social, pensión graciable o no contributiva, jubilación, pensión o retiro militar y civil, ya sea del ámbito nacional como del provincial o municipal.
Cuánto percibirán de haberes?
Quienes accedan a la jubilación anticipada tendrán:
- cobertura social del PAMI garantizada,
- medicamentos gratis
- el 80% del haber que les corresponda.
- Una vez que lleguen a la edad jubilatoria estipulada por la ley (60 años para las mujeres y de 65 para los hombres), automáticamente pasarán a percibir el 100% de los haberes.
La Anses estima que cobrarán una jubilación promedio de $50.000 mensuales.
Para calcular el haber jubilatorio inicial se considera:
- el promedio de las últimas 120 remuneraciones (se aplica una actualización a los montos históricos).
- De ese valor promedio se estima el 1,5% y al resultado se lo multiplica por la cantidad de años aportados.
- Luego se suma la Prestación Básica Universal (PBU), que es un valor único, igual para todos los casos
PLAZOS
A partir del viernes 1 de octubre de 2021 se podrá iniciar el trámite para obtener la jubilación anticipada, aunque todavía no se conoce el plazo final. Lo que sí se aseguró es que se trata de una medida temporaria
Al tratarse de una medida de carácter extraordinario, se podrá solicitar el beneficio hasta 2 años después de la publicación de la norma en el Boletín Oficial, por lo que la fecha máxima para comenzar el trámite será el 30 de septiembre del 2023.
PERIODO: 01/10/2021 AL 30/09/2023
PENSION
Por otro lado, el decreto establece que «en caso de fallecimiento del beneficiario o de la beneficiaria de la Prestación Anticipada, el derecho a pensión de sus causahabientes se regirá y se otorgará» igualmente según la normativa que aplica a una pensión corriente.
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