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ALIMENTOS: padre MULTADO por OCULTAR su verdadero salario (ingreso económico)

Pero primero,  quiero manifestar que los  fallos (sentencias de jueces), sirven para la aplicación analógica en situaciones similares, aunque sean en otras provincias. Es decir, se pueden usar y pedir su aplicación por similitud en cualquier provincia de nuestro país. Es por esto que se los comparto.


Este fallo inédito dictado por la jueza Dra. Marina Comas, del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia Nº 3.

Brevemente comentare lo ocurrido:

  • La madre acordó con su expareja el pago del 20% de su salario como manutención de su hija, mediante la modalidad de depósito, es decir, que el padre hizo las transferencias a la cuenta bancaria, pero sin presentar comprobante” de sus recibos de sueldo.
  • El padre es empleado de una empresa petrolera.
  • La madre advierte que el monto que se acreditaba en concepto de cuota no tenia relacion con los salarios que cobraban los empleados petroleros en la provincia.

Al notar las diferencias entre los sueldos de los petroleros y lo que recibía su hija por alimentos, la madre consultó a los abogados, quienes solicitaron a la empresa un detalle de liquidación del hombre, en principio, para actualizar la cuota.

Cuando recibieron el informe de la empresa constataron que los depósitos realizados eran por un valor menor al que correspondía, por lo que procedieron a pedir la demanda de cobro retroactivo de alimentos.

“En octubre del 2021 la cuota que este hombre pagaba era de $11.000, pero tras el pedido de la actualización, la Justicia elevó el valor a $63.000”,

Mientras que en el año 2011 depositó $3000 y debía depositar $14.000. Por ello la cuenta de los últimos 11 años, arroja la suma de casi 3 millones de pesos.

En el fallo, la jueza expuso “que su resolución responde a la aplicación de una sentencia con perspectiva de género, de modo de lograr una equiparación de los roles asumidos por cada adulto en la relación parental, buscando una igualdad”.

“Me motiva sancionar y evitar nuevos hechos que impliquen el ejercicio de violencia económica contra la hija del demandado y quien a la fecha es beneficiaria de la cuota, como la madre, quien hasta el momento se ha ocupado de solventar todas las necesidades económicas, espirituales e inmateriales de su hija» indico la jueza. 

La Justicia de Neuquén sentenció a un hombre a pagarle casi $3 millones de pesos a su hija en concepto de deuda alimentaria retroactiva, por haber mentido sobre sus ingresos durante una década.

Esta sentencia es una nueva muestra de que los Derechos existen para ser ejercidos. Así cuando se unen buenos profesionales se obtienen los logros legales buscados.

Resalto que esta madre pudo reclamar porque tenía un acuerdo firmado con las formalidades que la ley y la justicia nos requiere.

Como conclusión a modo de Tips:

  • es tener el acuerdo firmado entre las partes,
  • que el acuerdo tenga validad legal
  • Que los pagos sean en porcentaje para evitar iniciar nuevas acciones por actualización
  • Que en el acuerdo surja que deba presentar mensualmente el recibo de haberes (ej por mail)

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